domingo, 21 de diciembre de 2008

BASES Y CONDICIONES SORTEO FINAL

Bases y Condiciones del Sorteo Final del Gran Bono Contribución 2008 del Club Defensores de Santa Catalina

1. Podrán participar en el Sorteo Final del Gran Bono Contribución 2008 (“Sorteo”) las personas físicas que al momento de hacerlo sean mayores de 21 años, argentinos o naturalizados, legalmente capaces, que tengan domicilio en la República Argentina; que no pertenezcan o representen a ninguna persona jurídica y que no sean miembros de la Comisión directiva del Club Defensores de Santa Catalina (Organizador).
2. El Sorteo se llevarán a cabo, ante escribano público, el día 20 de diciembre de 2008 en el Chocón e H. Irygoyen, Ciudad de Capitán Bermúdez, o en las instalaciones que el Organizador considere aptas para ello. Los participantes al momento del Sorteo deberán poseer Ticket o Comprobante válido para poder participar en el mismo, deberán ser titulares directos o en su defecto podrán haber designado a un representante o apoderado mediante acreditación válida de poder y estos deberán reunir las condiciones y requisitos establecidos por el Organizador en estas Bases y Condiciones.
3. Es condición inmodificable tener paga en su totalidad el valor del Bono Contribución al momento de realización del Sorteo.
4. En el Sorteo se pondrá en juego un (1) automóvil 0Km Chevrolet Corsa Classic 3P Base 1.6 Nafta o modelo de similar valor a designar por el Organizador, una (1) Heladera 2 Fríos, un (1) Lavarropas Automático Carga Superior, un (1) Televisor Color 21” y un (1) Microondas según características y modelos a designar por el Organizador, todos ellos de marca reconocida.
5. Exclusivamente el ganador del Automóvil podrá requerir el reemplazo de su premio por su equivalente en efectivo, sin IVA, y haciéndose cargo de todos los gravámenes descritos en el punto 7 y 8, al precio que hubiera pagado ó debiera pagar el Organizador por el modelo de automóvil descrito en el artículo 3. La aceptación de dicho requerimiento será facultad exclusiva del Organizador, quien podrá denegarlos sin expresión de causa. Los restantes premios no serán reemplazables en dinero bajo ninguna circunstancia o razón.
6. El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación a los premios, debiendo dirigirse cualquier reclamo a sus constructores, vendedores, fabricantes o importadores, ni será responsable de daños o perjuicios producidos a los ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, debido a/o en ocasión de la utilización de los premios.
7. Estarán a cargo del ganador del Automóvil los gastos de transferencia, patentamiento, alistamiento, flete y cualquier otro relacionado con la documentación del dominio y entrega de los mismos. También será a cargo del ganador el pago de los impuestos, aranceles, sellados, gastos de escrituras, honorarios de profesionales y todo otro costo o gasto necesario para transferir e inscribir en el Registro de la Propiedad el dominio del Automóvil.
8. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse por cualquier concepto sobre o con relación a los premios al Estado Nacional, Sociedades del Estado, Provincias o Municipalidades por el ofrecimiento del Premio o con motivo de la organización de Sorteo será a cargo de los ganadores de los respectivos premios. Los gastos en que incurran los Ganadores para su traslado y/o viáticos que sean necesarios para la asignación de los premios estarán a cargo exclusivo de los Ganadores.
9. El Sorteo se realizará extrayendo un cupón al azar por parte del Organizador, a fin de adjudicar a los ganadores los premios descritos en el punto 4 del presente documento. Ningún participante podrá obtener más de un premio en un mismo Sorteo.
10. El Organizador podrá extraer uno o más cupones posteriores para el caso que el cupón ganador no reúna los requisitos impuestos por el Organizador en estas bases y condiciones.
11. El Organizador declara y garantiza que la metodología del Sorteo ofrece las medidas y condiciones de seguridad y transparencia requeridas por la normativa vigente, las cuales serán verificadas por Escribano Público designado por el Organizador quien labrará acta de Sorteo.
12. Los ganadores del Sorteo (“Ganador”) será notificado de su carácter de tal telefónicamente o por escrito, quien deberá solicitar la asignación de su Premio llamando, dentro de los diez (10) días corridos de notificado por el Organizador, al teléfono (0341) 4913229, de lunes a viernes hábiles de 16:00 a 20:00 horas. A los fines de la asignación serán válidas todas las notificaciones realizadas por el Organizador en el domicilio del Ganador que tenga registrado o que figure en el cupón completo por el “Participante Ganador”.
13. La falta de solicitud de asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido en el punto 10 o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas Bases para la asignación de los mismos o la negativa injustificada a presentarse a sesiones de fotografía y filmación que eventualmente les requiera el Organizador, hará perder al Ganador, automáticamente, el derecho a la asignación del Premio.
14. Los premios mencionados en el punto 3 serán entregado al Ganador en la Ciudad de Capitán Bermúdez o en lugar a notificar por el Organizador dentro de los noventa (90) días corridos de solicitado la asignación del mismo. La responsabilidad del Organizador finalizará con la puesta a disposición del Premio al Ganador.
15. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar los plazos de tiempo estipulados en el presente documento informando previamente al Escribano designado, de los hechos y de la resolución a adoptar, supuestos en los cuales los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice será sin alterar la esencia del Sorteo Final.
16. Por su sola participación y como condición para la asignación del Premio, el Ganador autoriza al Organizador y lo faculta expresamente a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines comerciales y publicitarios, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, y por el plazo de tres (3) años a contar desde la finalización del Sorteo.
17. La participación en el Sorteo implica la aceptación de estas Bases y Condiciones, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.
18. Las Bases y Condiciones podrán ser consultadas en la sede del Organizador, a través de la difusión en medios de comunicación o en la página Web: www.scatalina.blogspot.com